Era el último paso y ya ha sido dado. La Ley de Bienestar Animal ha sido aprobada por el Congreso el pasado 16 de marzo de 2023, con el fin de regular la protección de los derechos y el bienestar de los animales.
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El objetivo de la Ley de Bienestar Animal
Esta nueva ley surge con el fin de paliar, concienciar y establecer castigos ante los actos que atacan el bienestar de los animales. Para ello, se han endurecido las penas y las multas frente a materias como el abandono animal y el maltrato.
La ley nace también con el fin de unificar algunas materias que hasta ahora se regían por leyes autonómicas, a la vez que se aplican otras nuevas. Entre ellas, destacan los siguientes puntos.
Regulación de la venta de animales
Ya no será posible vender perros, gatos y hurones en las tiendas de animales. Estos, en caso de compra, solo podrán ser adquiridos por medio de un criador registrado.
El resto de animales, como pueden ser cobayas, hámsteres, conejos, peces o reptiles, pueden seguir siendo vendidos.
Además, tampoco se permitirá la venta directa de animales por Internet.
El Listado Positivo de Animales de Compañía
Una de las cuestiones que más dudas ha suscitado ha sido la referente al Listado Positivo de Animales de Compañía, una lista en la cual se señalan qué animales pueden ser acogidos en los hogares como mascotas.
Con este fin, dentro de la ley se creará un Listado de Especies Domésticas de Compañía y un Listado Positivo de Especies Silvestres que podrán ser animales de compañía.
Por otro lado, se recuerda que ya existe un Catálogo de Especies Exóticas Invasoras y un Catálogo de Especies Silvestres Protegidas, que se debe seguir teniendo en cuenta, pues ya estos prohíben la tenencia de los animales incluidos en ambos como mascotas.
Aun así, a día de hoy no existe ningún tipo de veto sobre mascotas que estaban en duda, como las tortugas, los hámsteres, los conejos o los periquitos.
Tenencia responsable
Sobre la tenencia responsable también hay varios puntos destacables. De hecho, con la aprobación de la ley se aclaran algunas cuestiones que hasta el momento eran solo propuestas. Por ejemplo:
- Se propuso la realización de un test de sociabilidad para perros, con el fin de saber si eran aptos para ir por la calle sin bozal. La obligación de realizar este test finalmente se ha suprimido.
- El curso de formación para dueños solo tendrán que hacerlo las personas que sean titulares de perros en un futuro. Será gratuito, pero hasta que su contenido no se regule por medio de un reglamento, no será obligatorio.
- No se permite la cría de animales de compañía con fines de compra-venta si no se es un criador registrado oficialmente en el registro que está por crearse para tal fin.
- Otro tema polémico ha sido el relacionado con la obligación de esterilizar a las mascotas. Con su aprobación, la esterilización queda exigida solo en dos supuestos:
- En los gatos, antes de los 6 meses de edad. También habrá que identificarlos con microchip.
- En perros y hurones en adopción, la protectora tendrá que esterilizar al animal antes de la cesión para adopción, o bien asumir el compromiso de evitar su reproducción si por criterio veterinario no tuviera edad suficiente para ello.
¿Qué pasa con el DNI para mascotas?
Mucho se ha hablado sobre la creación de un DNI para mascotas.
A día de hoy no existe como tal un DNI, pero seguirá siendo esencial la identificación de los animales de compañía por medio del microchip y de su inscripción en los registros autonómicos correspondientes, como se hacía hasta ahora.
Las infracciones recogidas en la Ley de Bienestar Animal
Con la ley queda establecido un régimen sancionador gradual que depende del grado de daño que se haya provocado sobre el animal. Se determina así:
- Como infracción leve aquella conducta que por acción u omisión, sin llegar a provocar daños físicos ni alteraciones en el comportamiento del animal, suponga la inobservancia de prohibiciones, obligaciones y/o cuidados establecidos legalmente. También aquellas infracciones derivadas del incumplimiento de responsabilidades administrativas por parte de los titulares o responsables. Esta infracción podrá sancionarse con una multa de 500 a 10.000 euros.
- Las infracciones graves son aquellas conductas que por acción u omisión, siendo derivadas del incumplimiento de obligaciones o realización de conductas no permitidas, supongan un daño o sufrimiento al animal, sin llegar a causarle la muerte o secuelas graves. Este tipo de infracciones podrán ser sancionadas con multas de entre 10.001 a 50.000 euros.
- Las infracciones muy graves son las que suponen conductas como el incumplimiento de las obligaciones y las prohibiciones que se exigen en la Ley de Bienestar Animal, que causen la muerte del animal. Eso siempre y cuando no sea consecutivo de delito. Estas infracciones pueden multarse con 50.001 a 200.000 euros.
Sobre el abandono animal
La Ley de Bienestar Animal promueve diversos mecanismos para tratar de controlar los abandonos. Estas medidas se basan, principalmente, en:
- La concienciación ciudadana.
- La obligación de identificar a perros, gatos y hurones con microchip y a las aves a través del anillado.
- Potenciación de la adopción de animales.
- Reconocimiento de infracción administrativa grave el abandono de uno o más animales, así como no recoger a los mismos de las residencias u otros establecimientos parecidos, así como no cumplir con la obligación de identificación del animal.
¿Cuándo entrará en vigor la Ley?
Como se ha mencionado, la Ley de Bienestar Animal fue aprobada el 16 de marzo, pero no se comenzará a aplicar hasta pasados 6 meses desde su publicación en el BOE.
Para llegar a ese momento, desde esa última aprobación, se pasa a la sanción, promulgación y publicación de la ley, algo que tiene que darse en los 15 días siguientes a su aprobación. Después de eso será publicada en el Boletín Oficial del Estado.
Ahora también queda por delante el desarrollo de los reglamentos, otro de los procesos fundamentales para la aplicación de la ley.
Una ley no exenta de polémicas
Si algo ha destacado de la Ley de Bienestar Animal ha sido que ha estado marcada por críticas, tanto por la falta de consenso en su desarrollo, como por tramitarse de urgencia y por no haber contado con la opinión de expertos, como los veterinarios.
Además, cabe resaltar uno de los asuntos más polémicos, como ha sido la exclusión de los perros de caza y de trabajo de este texto. Asunto que ha estado a punto de tirar abajo la ley en varias ocasiones.