Aprobada en el Congreso la Ley de Bienestar Animal

Aprobada en el Congreso la Ley de Bienestar Animal

El proyecto de la Ley de Bienestar Animal ha sido aprobado en pleno del Congreso y continúa así su tramitación, enviada ahora al Senado. Una ley no exenta de polémica para la que aún no se conoce la fecha de entrada en vigor.

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Tramitación de la Ley de Bienestar Animal

La tramitación de esta ley se ha llevado a cabo a través de la vía de urgencia, puesto que ha sido considerada una cuestión de mucha importancia para nuestra sociedad.

La iniciativa se aprobó tras recibir 174 votos a favor de PSOE, Unidas Podemos, Bildu y ERC. Por el contrario, ha recibido 167 votos negativos y 7 abstenciones de Compromis, JxCAT, Teruel Existe y BNG.

Además de las negaciones y abstenciones dentro del Congreso, la Organización Colegial de Veterinarios también ha dejado claro su desacuerdo con la ley. Esto se debe a que argumentan que la norma se basa en conceptos abstractos, además de no hacer mención a los veterinarios, considerándolo un contrasentido.

Medidas más duras para garantizar el respeto y cuidado de los animales

La nueva ley incluye medidas que pretenden garantizar la protección de los animales. Entre ellas, se introducen sanciones severas para aquellos que violen las normas, así como los sistemas de inspección.

Además, se establecen programas de educación para sensibilizar a la sociedad sobre la relevancia de tratar a los animales con respeto y cuidado.

De esta manera, el artículo 30 de la Ley de Bienestar Animal, expone que las personas que opten a ser titulares de canes, tendrán que acreditar la realización de un curso formativo para tenencia de perros, con validez indefinida. Ese curso será gratuito y su contenido estará determinado reglamentariamente.

Adicionalmente, tanto las personas titulares como sus perros, tendrán que realizar un test en el que se valorará su aptitud para desenvolverse en el ámbito social. Sí, los perros tendrán que someterse a ciertas pruebas para valorar su comportamiento y, de no superarlas, tendrán que salir a la calle con bozal y correa corta hasta que superen las pruebas, tras pasar por un adiestrador.

En el caso de las personas que sean responsables de entidades de protección animal y las que lleven a cabo actividades de adiestramiento o modificación de la conducta canina, deberán homologar o adquirir las titulaciones requeridas para esas actividades. Para ello tendrán un plazo de 24 meses desde que se produzca el desarrollo reglamentario establecido en el artículo 35.2 o desde que se apruebe la titulación exigida.

Esta formación solo es necesaria en acreditación para los profesionales del sector. No es necesaria para los actuales dueños de mascotas.

Algunas medidas de la Ley de Bienestar Animal

Además de lo dicho, cabe destacar que la ley no se centra únicamente en la protección de las mascotas. También en los animales de granja, de zoológicos, acuarios, de labor, animales usados en espectáculos y en investigación.

Un seguro obligatorio para los perros

Una de las novedades más comentadas de la ley pertenece a las nuevas obligaciones de los propietarios. Se ha establecido como obligatoria la contratación de un seguro de responsabilidad civil para el perro por daños a terceros, que deberá mantenerse en vigor durante toda la vida del mismo.

La póliza debe ser contratada por un importe de cuantía suficiente con la que se puedan sufragar los posibles gastos derivados de cualquier incidente que protagonice el animal. Además, deberá incluir en su cobertura a las personas encargadas del cuidado del animal.

Este seguro antes solo era obligatorio para los dueños de razas consideradas PPP (Perros Potencialmente Peligrosos). Sin embargo, esta denominación se retira con la nueva ley.

Registros oficiales

Cuando entre en vigor la Ley de Bienestar Animal, las tiendas de mascotas no podrán vender ni exhibir gatos, perros u hurones en sus escaparates.

Las personas que quieran adquirir uno de esos animales mediante compra, solo lo podrán hacer acudiendo a profesionales inscritos en el Registro Oficial de Criadores de Animales de Compañía.

Penas por incumplir la normativa

Algunas de las cuestiones recogidas por la nueva ley, han avivado, y mucho, la polémica. Es el caso, por ejemplo, de las penas que conllevan ciertos actos según la normativa.

Dentro de las definiciones aportadas, se entiende por “animal”, de cara a la norma, todo animal vertebrado.

En virtud de la ley, golpear y lesionar o matar a cualquier animal, se castigará con multa o prisión de hasta 18 meses. Eso ha hecho plantearse a muchos si el hecho de matar a una rata que se haya colado en su hogar, podría implicar tal sanción.

El listado positivo de los animales

Otra de las medidas que más dudas y polémicas han causado ha sido la creación de un listado positivo en el que se indican qué mascotas estarán permitidas en las casas españolas. Por lo tanto, aquellas no contenidas querían fuera de la legalidad. Algunos ejemplos que se barajan son las tortugas, los periquitos y los hámsteres.

Sin embargo, desde el Ministerio se señala que esa lista todavía no está cerrada y, en cualquier caso, los dueños de mascotas que no estuviesen permitidos tendrían que informar de la especie que poseen para recibir una autorización. Con ella, podrían hacerse cargo del animal hasta que este fallezca, de la misma manera que se hizo con los dueños de especies invasoras.

Como mencionábamos al principio, todavía faltan algunas aprobaciones hasta que la Ley de Bienestar Animal entre en vigor. Para entonces, podremos comprobar cómo quedan determinados algunos de los flecos que aún quedan sueltos.

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Auxiliar de Veterinaria, Graduada en Comunicación Audiovisual por la Universidad Complutense de Madrid y redactora SEO especializada en contenidos sobre mascotas. Siempre en continua formación para ampliar sus conocimientos sobre el mundo animal.

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